Litigios / Materia familiar
Régimen de convivencias
Todos los hijos tienen derecho a estar en contacto con sus padres o familiares que no vivan con ellos, así lo establece el régimen de
convivencia familiar.
Ese contacto no sólo incluye la visita física o las salidas de la
residencia del o los hijos por algunas horas, sino también el contacto telefónico, por carta, aplicaciones de telecomunicación mediante
Internet, o bien en periodos vacacionales.
Si lo que quieres es poder ver a tu o tus hijos nuevamente, te
podemos asesorar. Contáctanos, seguramente tienes preguntas
como las siguientes que te podremos responder al conocer tu caso.
¿Puedo volver a convivir con mi o mis hijos?
¿Qué requisitos debo cumplir para lograrlo?
¿Cuánto tiempo tardará el proceso?
¿Cuáles son los escenarios más limitados y más amplios de
convivencia a los que puedo aspirar?
Llámanos, te podemos ayudar.